Tratamos un tema de actualidad al que debemos darle una respuesta clara: qué hacer con nuestra vida digital futura. Te propongo esta lectura que seguro no te dejará indiferente

Aspectos jurídicos de nuestros bienes y derechos digitales
 
                              b2ap3_thumbnail_1-images.jpg
 
Dos son las preguntas que debemos hacernos
 
La primera es si ha llegado a plantear la inmensa cantidad de asuntos personales que almacenamos en nuestro Pc, tablet, smarphone, USB o en “la nube”, su acceso a través de contraseñas que son las lleves de la cerradura porque son nuestros bienes a lo que valoramos de alguna forma,  o ha tenido en cuenta el acceso a la banca por internet,  los perfiles sociales de Facebook, Twitter, Instagram, Pinterest o Instagram . . . . . . personajes de nuestros juegos en red, por no hablar del de las cuentas de correo electrónico personal y profesionales .  
 
 
Estos son nuestros bienes y derechos digitales;  bienes y derechos que tienen valor,  bien económico –valorado por los americanos, muy dados ellos a evaluar todo económicamente, en  55.000 $ de media por persona en el año 2011- o bien afectivo, personal  y  sentimental.
 
La segunda es nos hemos sugerido la idea de qué pasa con nuestros derechos y bienes digitales cuando no podemos gestionarlos por nuestra  ausencia,  especialmente, cuando fallecemos.Qué podemos hacer.
 
Hay dos posibles soluciones, la jurídica y  la de hecho.
 
Respuesta jurídica
 
La regulación legal de este tema es más bien escasa y en el caso de nuestro país, inexistente. Hay que acudir, por tanto, a la regulación general, que no siempre se adapta bien a estos supuestos. A esta falta de regulación se suma otra dificultad derivada de la globalización: las compañías que ofrecen los servicios que utilizamos están domiciliadas en países muy diversos, lo que hace que la ley aplicable en ocasiones sea difícil de conocer. Podemos decir que nos movemos en un terreno incierto, lo que conlleva inseguridad. 
 
La respuesta viene de la herencia tradicional, bien intestada, bien otorgando testamento.
 
Si no existe testamento, el destino de estos bienes variará en  función de su naturaleza y serán los herederos forzosos los que deban disponer de ellos con  los problemas añadidos  para acceder al contenido al desconocer, ya sea la misma existencia de estos archivos o las claves que permiten el acceso a los mismos.
 
En el texto de  testamento,  preparado y elaborado con ese objetivo en el despacho profesional del abogado para elevarlo  notarialmente es el mejor modo es de  dar instrucciones sobre los perfiles sociales o cuentas, banca por internet  y disponer de los bienes  y derechos digitales.  Es través del testamento notarial en el que incluyamos  uno o dos albaceas  encargados de comunicar el fallecimiento los distintos perfiles sociales,  acceder al contenido de archivos  y según las instrucciones otorgadas en él . 
 
Es la vía  tradicional del testamento explicar qué se quiere que se haga con ellos: si se deben cancelar o si se desea que se sigan pagando las cuotas anuales en caso de que sean servicios de pago. O bien, si se quiere que desaparezca o no toda la información relativa a la persona que haya en estos servicios o si se prefiere que sea remitida a sus familiares para que la conserven.
 
Es buena la  opción que  debe contemplarse  es la de adjuntar en el documento todas las claves de entrada y nombre de usuario en los distintos servicios, ojo si se cambia de contraseña con frecuencia, tal como se recomienda desde los foros de seguridad , no se puede acudir al notario a modificar el testamento cada vez que se haga, pero sí se puede comunicar al abogado que está obligado a guardar secreto profesional
 
Serán  los albaceas  los encargados de hacer las gestiones de dar continuad  a la vida personal en la Red, por lo que aconsejo que normalmente serán idóneos como albaceas,  personas  que además de gran confianza estén familiarizados con el entorno digital a los que será crucial proporcionar la toda la información necesaria: tanto el listado de los distintos perfiles que se tienen, cuentas o archivos, como las claves que permiten el acceso a los mismos.
En resumen, el despacho profesional del  letrado  es el escenario idóneo de preparar el texto previo del testamento notarial que recoja las últimas voluntades de los bienes y derechos digitales, acorde al perfil personal de cada sujeto
 
 
Respuesta fáctica
 
Si queremos que nuestros amigos en Facebook, la cuenta de usuario de un foro, el propio dominio, fotos privadas, el personaje de un juego online sean  gestionadas si un día fallecemos, hay servicios profesiones y herramientas de proveedores de servicios que permite a los usuarios decidir qué hacer con sus datos digitales una vez que ellos hayan fallecido. Los usuarios podrán elegir entre eliminar el contenido de sus cuentas .
 
Así  Google publicaba en su blog las características de una nueva herramienta que ayudaría a solucionar un problema que ya se empieza a dar entre varios usuarios de Internet, proponiendo una herramienta que permita al usuario planificar su vida digital futura, y proteger su privacidad y seguridad, así podrá programar qué hacer con su datos cuando él fallezca o  transmitirlo a otro usuario., así ante una inactividad  de la cuenta de 3, 6, 9 ó 12 meses escoger a un contacto de confianza para que este reciba todos los datos de las cuentas o eliminarlos., afectado a todo su perfil son el perfil de Google+, Google Drive, Gmail, Google Voice, Picassa y Blogger.
 
Twiter desactiva el perfil  a los seis meses de inactividad y l resto de redes sociales, están ya trabajando en este sentido.
 
Pero qué ocurre con el resto . . . . . banca por internet, cuentas de correo electrónico . . . . . 
 
Conclusión, en estos temas es mejor no dejar nada al azar .