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Juan Francisco Merchán

Derecho Privado | Civil | Laboral | Mercantíl - Concursal | Tributario | Mediación

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Juan Francisco

Juan Francisco

Juan Francisco Merchán no escribió una bibiografía por el momento

CON LA NUEVA ENTREGA NO SE CIERRA EL ANÁLISIS DEL TEMA. QUEDA ABIERTA LA PUERTA PARA VUESTRAS CONSULTAS Y SUGERENCIAS. ESPERO HABER OFRECIDO UNA PANORÁMICA REPRESENTATIVA DEL POTENCIAL  RESOLUTIVO DE LA MEDIACIÓN, EN CONCRETO EN MATERIA DE INSOLVENCIA, Y QUE PUEDE APLICARSE A OTRAS ÁREAS CONFLICTIVAS ENTRE SERES HUMANOS: EMPRESAS FAMILIARES, ASUNTOS DE COMUNIDAD DE PROPIETARIOS, ENSEÑANZA-EDUCACIÓN, FAMILIA, COMERCIO, RELACIONES LABORALES, RESOLUCIÓN DE CONTRATOS . . .ETC)

 

Cualidades del mediador concursal

 

            Ya hemos visto que la mediación es el método para resolver disputas y conflictos dentro de un proceso voluntario en el que se brinda la oportunidad a dos o más personas en conflicto que se reúnen con una tercera persona neutral, denominada mediador, para hablar de su problema e intentar llegar a un acuerdo para resolverlo, siendo éste el verdadero canalizador para que las partes, por sí mismas pero con su ayude logren resolver su conflicto

            Se define en el diccionario de la Real Academia de la Lengua Española que mediador “es el que media” y en la misma fuente se dice que mediar esinterponerse entre dos o más que riñen o contienden, procurando reconciliarlos y unirlos en amistad”, por lo que no debemos dudar en darle todo el protagonismo en el proceso de búsqueda de paz

            En este apartado vamos a resumir las principales cualidades de todo mediador, tanto desde el punto de vista profesional como personal, para finalizar con las peculiaridades del mediador concursal

 

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CON LA ENTREGA DE ESTA SEMANA, YA LA PENÚLTIMA!!!  AFRONTAMOS NUESTRA VISISIÓN ACTUAL DE LA MEDIACIÓN EN MATERIA DE INSOLVENCIA Y PROPONEMOS EL CAMINO DE FUTURO COMO ALTERNATIVA VÁLIDA Y EFICAZ PARA  LAS PERSONAS FÍSICAS, LOS EMPRESARIOS Y SOCIEDADES INMERSOS EN UN PROCESO PRECONCURSAL.

 

 

PRESENTE Y PROPUESTAS DE FUTURO

 

Búsqueda del espacio de la mediación concursal

 

Ya hemos tenido ocasión de comprobar cómo la mediación es una herramienta más con la que pueden los operadores jurídicos como forma de alcanzar un acuerdo negociado que evite el concurso de acreedores.

 

En el panorama actual, hay una cierta corriente teórica, dentro de la Judicatura y la Doctrina concursal que abogan por la introducción de la mediación en el procedimiento concursal para pymes de manera obligatoria, junto al intento mediador en aquellos casos de fácil resolución en la roseguir, sería administrador concursal. Según esta corriente, se dota al mediador función eminentemente directiva y a veces coercitiva al imponerle determinados aspectos en la negociación, encargándole que ilustre e informe al deudor sobre sus posibilidades en el concurso.

 

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“EL DERECHO DE INFORMACIÓN PREVIA A LA CONTRATACIÓN”

En este pequeño y sucinto artículo quiero llamar la atención sobre un aspecto que nos afecta, en cierta media a todos, como consumidores finales de productos y usuarios de servicios, porque hoy es difícil, por no decir imposible, que con el bombardeo publicitario, las necesidades de vida diaria y las circunstancias de la sociedad en la que nos desenvolvemos, que nadie escape a la red bien tramada del consumo, como base económica de la libre competencia.

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EN  LA NUEVA ENTREGA, YA LA CUARTA!!!! QUIERO OFRECER UNA VISIÓN PRÁCTICA Y REAL DE UN PROCESO DE MEDIACIÓN DONDE SE PONE DE MANIFESTO SU EFICACIA RESOLUTIVA  PARA EVITAR UNA POSIBLE SALIDA TRAUMÁTICA.

 

Una aplicación práctica.

 

            Que mejor ejemplo de una muestra de la aplicación práctica de la mediación en un procedimiento de insolvencia que la exposición del siguiente caso, basado en una situación preconcursal, pero que es válido igualmente para el propio concurso de acreedores[1].

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1.¿Qué es la contratación en la nube y cuáles son sus riesgos?

Cada es más frecuente que los operadores de internet o proveedores específicos ofrezcan servicios de almacenamiento de documentos digitales en un espacio virtual para el usuario final del servicio. De ese almacenamiento de datos que no se ofrece a usuario la localización física de dónde se encuentran su datos y documentos; dándose la paradoja que, siendo conscientes de la importancia del contenido de los documentos, no tienen en cuenta algunos riesgos que este tipo contrato genera para sus usuarios, por lo que la demanda aumenta al ponderar otros aspectos, como su utilidad, sugerencia del servicio y economía de costes para las empresas y particulares que decidan guardar sus archivos en la nube.

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LA CRISIS EN LA PEREJA DE HECHO, ¿QUÉ PASA CON LOS BIENES COMUNES?

 

1.- Punto de partida

Sin entrar en valoraciones de índole moral o religiosa de cualquier naturaleza, la sociedad actual no puede mirar para otro lado y debe reconocer el incremento de la vía alternativa de convivencia en pareja estable, duradera y única distinta al matrimonio, como consecuencia de una modernización de los modelos familiares clásicos, y consentimiento social tácito ya superado como las convivencias prematrimoniales, uniones homosexuales y heterosexuales o unión en pareja de individuos de ex parejas anteriores, etc., insisto, con la connotación de estabilidad y durabilidad.

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SIGUIENDO CON LA TEMÁTICA Y COMO TRANSICIÓN AL DESARROLLO POSTERIO, ESTA TERCERA ENTREGA SITUA Y ACERCA UN POCO MÁS LA POSICIÓN DE LA MEDIACIÓN EN LA INSOLVENCIA.

 

Mediación en Materia de la Insolvencia, una alternativa al concurso de acreedores.      

            La mediación nace como una necesidad ante la falta de respuesta eficaz del status quo ante el aumento de la litigiosidad. La Ley 5/2012 ha introducido la mediación en España como un procedimiento favorecedor de   acuerdos entre las partes de un conflicto, evitando el potencial procedimiento judicial, por medio de un nuevo mecanismo o técnica que ha resultado útil para problemas complejos, siendo una herramienta más a la que se puede acudir para resolver un conflicto, especialmente en conflictos mercantiles entre empresas o empresarios donde la agilidad para resolver el problema es vital. Agilidad, que como ya hemos dicho los juzgados mercantiles son incapaces de proporcionar, sin olvidar que la experiencia dice que los acuerdos alcanzados en mediación se cumplen en un 85%.

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CONTINUAMOS CON EL TRATAMIENTO TEÓRICO DE LA MEDIACIÓN EN EL CONCURSO DE ACREEDORES, QUE COMENCÉ HACE UNOS DÍAS Y QUE POCO A POCO IRE COMPARTIERDO CON VOSOTOS.

 

 

2.-       Alternativas al concurso de acreedores.

           

            2.1.- El parche resolutivo legal

           

            El legislador consciente de la problemática apuntada en nuestra pincelada de los males que intrínsecamente lleva aparejado el procedimiento concursal, a través del Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo (BOE núm. 47, 23/03/2013), conocida como “ley de Apoyo a los Emprendedores”, ha venido a establecer un proceso preventivo extrajudicial para el deudor insolvente, con la intervención de una tercero aparentemente neutral que aproxime y ayude a las partes a negociar una salida a la crisis y evitar el concurso y sus inconvenientes.

 

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OJO AL CAMBIO EN EL CONVENIO ESPECIAL DE JUBILACIÓN ANTICIAPADA

Este artículo le interesará si en su caso se cumplen todos estos requisitos:

 

  • * Haber perdido el empleo antes de abril del 2013.
  • * Tener más de 55 años y no estar dado de alta en ningún régimen de la Seguridad Social.
  • * Tener suscrito el convenio especial que le permitía seguir cotizando.
  •  * No haber vuelto a trabajar tras el despido.
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A LO LARGO DE VARIAS ENTREGAS IRE PUBLICANDO LA MEMORIA FINAL DE MI FORMACIÓN DE POSTGRADO COMO  MEDIADOR CIVIL Y  MERCNATIL

EN ESTA PRIMERA ENTREGA, AVANZO EL ÍDICE Y DESARROLLO EL PRIMER PUNTO.

 

 

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Í N D I C E

1.-    Vista panorámica general de la mediación como herramienta     alternativa a la resolución del conflicto.

         1.1.- Enfoque desde la mediación

1.2.- Soluciones incompletas de sistema concursal

2.-     Alternativas al concurso de acreedores.

         2.1.- El parche resolutivo legal

         2.2.- Las otras medidas legales

3.-     Mediación en materia de la Insolvencia, una alternativa al          concurso de acreedores.

4.-     Una aplicación práctica.

         4.1.- Los hechos previos

            4.2.- Entrada a escena del proceso mediador.

5.-     Presente y propuestas de futuro.

            5.1.-Búsqueda del espacio de la mediación concursal

5.2.- Breve análisis del concurso de la persona física.-

6.-    Cualidades del mediador concursal.

            6.1.- Principios profesionales de todo mediador

            6.2.- Habilidades personales

            6.3.- Cualidades del mediador concursal.

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CUSTODIA COMPARTIDA ES COSA DE DOS

Desde este despacho hace tiempo que se viene apostando por la fórmula ventajosa para los hijos comunes, como para los padres inmersos en una situación de crisis de pareja de la custodia compartida de los progenitores que, entre otras cosas, represente en el equilibro justo de las partes

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Bienvenidos a mi Blog.

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